INVESTIGADORES
DOYLE Maria Magdalena
congresos y reuniones científicas
Título:
Las discusiones sobre el derecho a la diferencia cultural y sus implicancias en las políticas sobre Tecnologías de la Comunicación y la Información.
Autor/es:
DOYLE, MARÍA MAGDALENA
Lugar:
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, Argentina
Reunión:
Otro; VI Bienal Iberoamericana de Comunicación; 2007
Institución organizadora:
Escuela de Ciencias de la Información, Universidad Nacional de Córdoba
Resumen:
La propuesta de este trabajo es analizar algunos documentos que conforman el marco legal que regula el derecho a la diferencia cultural formulado por UNESCO, poniendo especial atención en el modo que en esos documentos se introduce el rol de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (NTICs) en el ejercicio de dicho derecho. En segundo lugar, se esbozará el análisis de un caso concreto en el cual se problematiza el rol de las NTICs en el ejercicio del derecho a la diferencia cultural: se trata del convenio firmado por el Gobierno de Chile y la empresa Microsoft para la creación de Windows en idioma mapudungun, y las discusiones generadas en torno al mismo. Con el análisis del caso se apunta a poder observar cuáles son las implicancias de la existencia de dicho marco internacional sobre las políticas estatales referidas al uso y acceso de las nuevas TIC por parte de grupos que no pertenecen a la cultura de los grupos dominantes.Los interrogantes que movilizan este trabajo se podrían sintetizar de la siguiente manera: ¿Cómo se aborda, en el marco legal internacional sobre derecho a la diferencia cultural, la problemática del acceso y uso de las NTICs por parte de grupos ?específicamente grupos indígenas- que no pertenecen a la cultura de los grupos dominantes? ¿Qué incidencias tiene ese marco legal sobre las políticas que adoptan los Estados en relación al acceso y uso de las NTICs por parte de estos grupos? Se parte de dos hipótesis: en primer lugar, se postula que la actual legislación de los organismos de cooperación internacional sobre derecho a la diferencia cultural propone un modelo de convivencia entre culturas que parte de desconocer las asimetrías de los procesos de intercambio entre las mismas. En la segunda hipótesis se plantea que, si bien dicho marco legislativo dio lugar al surgimiento y visibilización de un gran número de reivindicaciones étnicas y culturales, al mismo tiempo es la base de discursos que son luego utilizados para legitimar la administración etnocéntrica de las diferencias culturales por parte de los grupos dominantes.