INVESTIGADORES
PERALTA Jose Milton
congresos y reuniones científicas
Título:
Conducta posdelictiva y derecho penal de acto
Autor/es:
JOSÉ MILTON PERALTA
Lugar:
Río Grande
Reunión:
Jornada; Jornada de Derecho penal; 2012
Institución organizadora:
Universidad Tecnológica de Río Grande y Universidad de Ciencias Empresariales de Río Grande
Resumen:
El derecho penal liberal propone que solo se castigue el hecho dañino o potencialmente dañino. En la parte especial solo se deben describir conductas con estas características. Sin embargo, la parte general de los ordenamientos positivos suelen evaluar también la "conducta posterior" al delito para mensurar la pena. Si es una conducta posterior, y ya no parte del delito, entonces por definición no tiene los requisitos de ser dañina o potencialmente dañina. En este sentido, la valoración de la conducta posterior parece estar castigando otro cosa ademá del acto dañino y, en este sentido, parece implicar un distanciamiento del derecho penal liberal. El trabajo, sin embargo, demuestra que detrás de la consumación formal (conforme a la definición del tipo penal respecctivo) existe una "continuación" de la consumación material (v.gr. el hurto se consuma con el desapoderamiento, pero el desapoderamiento es algo que se prolonga en el tiempo). En la medida en que la conducta posterior tenga que ver con esta prolongación material será legítimamente valorable. Cuando se desprende de ella, e implica el castigo de modos de ser (v.gr. no tener un trabajo) o de conductas no vinculadas a un bien jurídico (v.gr. no colaborar con el proceso) su valoración se torna ilegítima.