INVESTIGADORES
OKLANDER Luciana Ines
capítulos de libros
Título:
MONO AULLADOR NEGRO Y DORADO (Alouatta caraya)
Autor/es:
OKLANDER, LUCIANA I.; PEKER, SM; KOWALEWSKI M.
Libro:
DOS DÉCADAS DE TRABAJO CON ESPECIES AMENAZADAS DE LA FAUNA ARGENTINA
Editorial:
Fundación de Historia Natural Félix de Azara
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2023; p. 321 - 341
Resumen:
Alouatta caraya está clasificada globalmente como "Casi Amenazada" (NT, Bicca-Marques et al., 2020). Sin embargo se considera a la especie como "Vulnerable" para Argentina desde 2012 (Agostini et al., 2012; Oklander et al., 2019) debido a la reducción de la población, la disminución del área de ocupación y/o la calidad del hábitat, el aumento de la caza para consumo, el tráfico ilegal para el comercio de mascotas y los efectos de los patógenos y parásitos. Actualmente, los bosques nativos de Argentina están siendo reemplazados rápidamente como resultado de la creciente urbanización, industrialización y tala a gran escala para fines agrícolas (MAyDS, 2016; 2017). En Argentina, A. caraya es la especie de primates con la mayor tasa de tráfico para ser comercializada ilegalmente como mascotas (Bertonatti, 1995; Dirección Nacional de Biodiversidad datos no publicados) Mediante análisis genético-moleculares se reconocen 3 Unidades de Manejo (UM) que podrían considerarse como subpoblaciones (Oklander et al., 2017; 2020) . A su vez, la última categorización de los mamíferos de Argentina se consideró que estas 3 subpoblaciones poseen distintos grados de amenaza: 1) Subpoblación Paraguay-Rio Paraná (P-RP): VU (Vulnerable), Subpoblación Formosa-Chaco-Esteros del Iberá (F-CH-C): VU (Vulnerable) y Subpoblación Misiones-Río Uruguay (M-RU): EN (En Peligro), esta subpoblación se encuentra en un área con permanentes brotes de fiebre amarilla, donde la alta susceptibilidad de estos primates al virus podría actuar de forma sinérgica con las amenazas comunes a la especie, poniendo a las poblaciones pequeñas y aisladas de esta subpoblación en alto riesgo de extinción. Según la normativa nacional se encuentra categorizada como ´Especie amenazada´ por la Resolución 1030/2004 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación MAyDS) y está incluida en el Apéndice II de CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) (CITES, 2019).