INVESTIGADORES
FEUILLADE Milton Cesar
artículos
Título:
Disolución de sociedad conyugal y exequátur
Autor/es:
FEUILLADE MILTON C.
Revista:
Lexis Nexis - Jurisprudencia Argentina
Editorial:
Abeledo - Perrot
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2013 vol. 2013 p. 1019 - 1028
ISSN:
0326-1190
Resumen:
Podemos decir que la Cámara incurre en una errónea dilucidación del conflicto de calificaciones al confundir la disolución de la sociedad conyugal con un problema de derechos reales, lo cual acarrea considerar al juez español incompetente, cuando lo es. Atenta contra el principio general en materia de cooperación de tercer grado de no revisión de fondo, analizando los méritos del fallo y sin establecer los motivos concretos por los que se estaría conculcando el orden público. En una interpretación literal e histórica del art. 10 del Código Civil, rompe el método analítico analógico del Derecho Internacional Privado, generando una denegación de justicia, porque hasta donde se ve, las resultas de un nuevo proceso argentino llevarían a las mismas consideraciones que el fallo español. A la luz de este fallo por ejemplo el art. 1211 del Cód. Civ. devendría o en inconstitucional o en inaplicable en la práctica, lo cual no ha sido la inteligencia de Vélez. Finalmente se aleja de la doctrina y jurisprudencia actual en la materia, tanto nacional como comparada, ya sea en los planos internos, como integrada.