CIECS   20730
CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SOBRE CULTURA Y SOCIEDAD
Unidad Ejecutora - UE
capítulos de libros
Título:
Cultura jurídica en el Estado de derecho. Consideraciones a partir de dos fallos significativos del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
Autor/es:
PAULA GISELLE PELAEZ; MIRYAM CONSUELO PARMIGIANI; MARÍA EUGENIA GÓMEZ DEL RÍO
Libro:
La Justicia Interrogada. Estado versus particulares
Editorial:
Ciencia, Derecho y Sociedad. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Referencias:
Lugar: Córdoba; Año: 2017; p. 113 - 149
Resumen:
El trabajo se propone comparar cómo es resuelta la confrontación entre el derecho de propiedad y otros de ulterior generación, a partir de la priorización de determinados valores, en el proceso de argumentación seguido por el máximo tribunal judicial de la Provincia de Córdoba en dos casos de trascendencia pública; dichos valores pueden estar explícitamente referenciados, o bien sólo tácitamente aludidos.Colocar la mirada sobre los valores que subyacen en la distribución autoritativa-coercitiva de bienes materiales o simbólicos en una sociedad, esto es, sobre los valores invocados para reconocer o negar derechos, conduce de inmediato al interrogante sobre qué cultura jurídica contextualiza tal distribución. La historicidad de toda cultura jurídica es nítidamente expresada para el mundo occidental por Sabine (1978), precisamente al iniciar su ya clásica obra sobre el pensamiento político de este gran bloque civilizatorio:?La mayor parte de los ideales políticos modernos ?como por ejemplo, la justicia, la libertad, el régimen constitucional y el respeto al derecho- o, al menos, sus definiciones, comenzaron con la reflexión de los pensadores griegos sobres las instituciones de la ciudad-estado. Pero en la larga historia del pensamiento político, el significado de tales términos se ha modificado de modos muy diversos y hay que entenderlo siempre a la luz de las instituciones que habían de realizar esos ideales y de la sociedad en que operaban esas instituciones. ?Los filósofos griegos reflexionaban sobre prácticas políticas muy diferentes de cualesquiera que hayan prevalecido de modo general en el mundo moderno? y el aparato ético con que se valoraba y criticaba la vida política difería mucho del que hoy prevalece? (p.15).La casuística de fallos aquí escogida se aloja en la cultura jurídica del denominado Estado de derecho. Se opta por esta denominación por su brevedad y generalizada utilización , para hacer referencia a la cultura que es propia del Estado de Derecho Democrático Constitucional, con principios y consecuentes técnicas que garanticen la dignidad de la persona humana.