BECAS
SANCHEZ Maria Ayelen
congresos y reuniones científicas
Título:
- ?Intencionalidad normativa, sujeto y experiencia fenoménica. La propuesta de Daniel Dennett frente a los problemas difíciles?.
Autor/es:
MARÍA AYELEN SANCHEZ
Lugar:
Córdoba
Reunión:
Jornada; IX encuentro de filosofía e historia de la ciencia del cono sur y las XXV jornadas de epistemología e historia de la ciencia; 2014
Institución organizadora:
Universidad Nacional del Córdoba
Resumen:
David Chalmers, en su obra The Conscious Mind (1996), propuso una clasificación general para las distintas posturas que pueden asumirse con respecto a la conciencia y a los estados mentales, según éstas pongan el acento en los aspectos psicológicos de la mente o lo hagan en los rasgos fenoménicos. Desde un punto de vista psicológico la mente es entendida como base causal o explicativa de la conducta. Desde una perspectiva fenoménica, en cambio, se pone el acento en la mente en tanto que experiencia subjetiva consciente, se la caracteriza en función del modo en que se la experimenta. Esta divergencia divide a los problemas planteados dentro de la filosofía de la mente en problemas fáciles, (explicar estructuras y funciones), y problemas difíciles, (explicar la experiencia subjetiva de la conciencia y la naturaleza del yo). La distinción mencionada proporciona un marco dentro del cual se ubican algunos de los debates más sobresalientes sobre la intencionalidad. Las teorías fenoménicas de la intencionalidad, defendidas en las últimas dos décadas por autores como Searle 1992, Georgalis 2006, Loar 2003, Horgan y Tienson 2002, Kriegel 2007, sostienen que hay una relación intrínseca entre el carácter intencional de un estado mental y sus propiedades fenoménicas. Las dificultades a las que se enfrentan este tipo de teorías no son solo relativas a definir en qué consisten estas propiedades fenoménicas y cuál es su relación con las propiedades intencionales, sino que también deben dar cuenta de la existencia de un sujeto. Buscando evadir estas problemáticas, las teorías normativas de la intencionalidad, inspiradas en su mayoría en los desarrollos de Wittgenstein, concuerdan en que un estado mental no es intencional en virtud de su carácter fenoménico, sino que la intencionalidad pertenece a un plano esencialmente normativo. Según este enfoque, estar en un estado intencional determinado es manifestar cierta conducta, lingüística o no lingüística, que pueda ser interpretada como entablando un compromiso con determinada norma, tácita o implícita. En el contexto de esta dicotomía, el presente trabajo se centrará en el análisis de la teoría normativista de la intencionalidad de Daniel Dennett (1991, 1993, 1995, 1996, 2005), uno de los defensores contemporáneos más radicales de esta postura. Entre las consecuencias más destacadas de la postura dennettiana se encuentran la concepción del yo como ficción y la negación del carácter fenoménico de los estados mentales, incluyendo los intencionales. El objetivo que guiará la presente investigación será el de determinar, a partir de los principales argumentos dennettianos, si sus tesis acerca del yo y de la fenomenología se siguen, tal como pretende el autor, de su concepción normativa de la intencionalidad o, por el contrario, semejante concepción debe limitar sus consecuencias a afirmaciones más prudentes. La pregunta general que motiva este desarrollo es, en definitiva, hasta qué instancia una postura normativa de la intencionalidad como la estudiada puede evadir los ?problemas difíciles?.