INVESTIGADORES
GRAZIANO Maria Florencia
congresos y reuniones científicas
Título:
Justicia restaurativa en el ámbito penal juvenil. Recepciones en el contexto local y reflexiones desde la antropología jurídica
Autor/es:
GRAZIANO, MARÍA FLORENCIA
Lugar:
San Miguel de Tucumán
Reunión:
Jornada; Jornada Regional sobre Acceso a la Justicia y Derechos Humanos en el NOA; 2018
Institución organizadora:
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Tucumán
Resumen:
El presente trabajo se inscribe en la Mesa Temática ?Acceso a la justicia y medios alternativos de resolución de conflictos? en tanto su objetivo principal es reflexionar sobre la implementación de nuevos procedimientos en la gestión judicial de los conflictos en el ámbito penal juvenil que se inspiran en el enfoque de la ?justicia restaurativa?.La justicia restaurativa es una metodología novedosa de abordaje del problema de la inseguridad asociada a los delitos cometidos por jóvenes. En efecto, se ha postulado y conformado como una estrategia innovadora en el campo de la justicia penal juvenil en tanto parte de presupuestos diferentes a los de la persecución penal clásica y puede ser utilizada como complemento o bien como alternativa a la justicia retributiva tradicional (Beloff, 2007). Si la justicia tradicional, como numerosos estudios han planteado, ha sido escasamente efectiva para tratar y prevenir el delito juvenil, la justicia restaurativa se presenta como una modalidad que, al enfatizar la negociación y mediación en la solución de las disputas, propende a brindar soluciones consensuadas en las que la participación ciudadana en la gestión de conflictos resulta una pieza clave. En términos amplios, se la define como un proceso en el que todas las partes implicadas en un determinado conflicto (ofensor, víctima y comunidad), resuelven colectivamente cómo manejar las consecuencias del delito y sus implicancias para el futuro (Marshall, 1999; Kemelmajer, 2005; Staines, 2013; Da Cunha Lopes y Serrano, 2014; Mcalister y Carr, 2014; Walgrave et. al. 2013; Put et al. 2012; entre muchos otros). Supone asimismo una pluralidad de medidas para alcanzar sus objetivos de reparación del lazo social y otra de sus características es la flexibilidad en sus mecanismos, razón por la cual se la considera especialmente útil para intervenir en conflictos que incluyen a jóvenes.En los últimos años en Argentina ha habido una producción legislativa y jurisprudencial que ha procurado limitar los aspectos más abusivos y violatorios de derechos y garantías del régimen penal de la minoridad (Decreto- Ley 22.278). Si bien esa producción ha tenido un éxito dispar y una recepción variable en las diferentes jurisdicciones de nuestro país, ha modificado a la justicia destinada a los menores de edad, a partir de generar distintas innovaciones que alteraron las dinámicas de intervención de diferentes burocracias (judiciales, administrativas, del ministerio público) a partir de la incorporación de nuevos procedimientos y figuras legales que incidieron de diversas maneras en las formas típicas de acción y relación de este peculiar campo institucional. Especialmente en los últimos años, diferentes organismos, agencias y activistas comenzaron a proponer modos novedosos de resolución de conflictos cuyo objetivo central es alejarse de la lógica propiamente penal del reproche legal e implementar mecanismos para que los conflictos sean reapropiados por las personas involucradas en ellos, y para promover una menor punitivización en su tratamiento. En este contexto el presente trabajo busca reflexionar sobre las formas de administración judicial de conflictos en el ámbito de la justicia penal juvenil, en particular de aquellas que son desarrolladas desde los principios y presupuestos de la justicia restaurativa y que se enfocan en el tratamiento del delito juvenil y adolescente proponiendo nuevas y alternativas estrategias de abordaje. Para ello parto de la experiencia de trabajo de campo que realicé en el marco de una investigación, en la que participé como parte del equipo de trabajo, que me permitió conocer de primera mano cómo estas medidas están siendo implementadas en diferentes burocracias judiciales de nuestro país.A partir de este relevamiento, y en continuidad con mis investigaciones previas, busco reflexionar respecto de cómo es que ese proceso general de incorporación de la justicia restaurativa en el país se materializa singularmente en el contexto local, ya que las formas que efectivamente adquieran este tipo de transformaciones propuestas serán diversas en tanto se ?traducirán? o ?vernaculizarán? (Merry, 2006; 2009) y se implementarán en escenarios singulares marcados por culturas institucionales y lógicas burocráticas particulares, y serán reapropiadas por diferentes tipos de agentes que les imprimirán particulares sentidos. Así, analizar desde una perspectiva socio antropológica los procesos de incorporación de estándares de derechos humanos a ámbitos institucionales que constituyen perdurables burocracias requiere adoptar una serie de recaudos a fin de evitar recrear lecturas valorativas, normativas o sesgadas de procesos que son complejos y nunca unívocos. En este sentido, me interesa identificar las tensiones que emergen en el desarrollo de este tipo de estrategias, los conflictos a que dan lugar y las resistencias que generan, y también las prácticas y experiencias innovadoras que habilitan. Asimismo, interesa comprender las formas en que los diferentes agentes institucionales que participan en la implementación de estas estrategias las valoran, perciben y dotan de sentido.