INVESTIGADORES
BOUVIER Hernan Galo
libros
Título:
Aspectos del Derecho
Autor/es:
BOUVIER, HERNAN
Editorial:
Universidad Nacional de Córdoba
Referencias:
Lugar: Córdoba; Año: 2022 p. 187
ISSN:
978-950-33-1734-1
Resumen:
RESUMENEl presente libro analiza el derecho a partir de tres aspectos que definen las partes centrales del texto. El primer aspecto está constituido por la relación entre el derecho y la coacción o violencia. El segundo analiza la vinculación entre el derecho y el lenguaje. El último se refiere a la relación entre el derecho y otros ordenes normativos como la justicia, la política, las morales y las formas de vida. Sin dudasaquello que se llama derecho o - alternativamente - El Derecho, losderechos, las leyes, el sistema jurídico, el orden jurídico, lo jurídico,posee más aspectos dignos de análisis. Los rasgos que aquí se abordan deninguna manera son los únicos importantes o prominentes. La primera parte del libro se ocupa del aspecto coactivo o violento del derecho en dos niveles. En primerlugar, la relación entre la coacción o violencia y el surgimiento del derecho.En segundo lugar, la coacción o violencia en el derecho en el sentido de aquello que una o varias normas anuncian y mandan a ejercitar. Es fácil de corroborar que muchos de los órdenes jurídicos existentes han surgido en parte de movimientos armados que lograron algún tipo de eficacia decisoria sobre un territorio. Muchos sistemas jurídicos - el argentino no es la excepción - provienen de experiencias con violencia en el trasfondo o sin más en la superficie. Por su parte, una vez instaurado un orden jurídico la violencia se encuentra administrada de una manera especial y la distribución de quién puede ejercerla se modifica de manera drástica. Resulta usual indicar que los sistemas jurídicos redistribuyen el ejercicio de la coacción otorgando el uso autorizado de la violencia a varias personas e instituciones, de manera paradigmática a quienes integran el Estado. A su vez muchas normas jurídicas prevén ante su desatención algún tipo de respuesta que conlleva el ejercicio sobre las personas de consecuencias no deseadas, contrarias a su voluntad, con intervención física sobre su libertad y vida. El derecho suele originarse por violencia, la autoriza y la ejerce. Se pretende en la primera parte detallarlos diferentes sentidos en que el derecho se vincula con la violencia y en qué sentido la violencia está presente en el derecho y las normas jurídicas. La segunda parte del libro se ocupa del derecho y de los sistemas jurídicos en cuanto dispositivos que pretenden motivar y controlar conductas a través del lenguaje. Esta segunda parte se detiene en la relación entre el derecho y el lenguaje, así como enaquello que el derecho y sus funcionarios y funcionarias pueden hacer con ese instrumento. Los clásicos problemas conceptuales relacionados con el lenguaje jurídico(vaguedad, indeterminación, referencia semántica) no serán analizados en profundidad. Resulta un ángulo lo suficientemente transitado como para hacer superfluas nuevas consideraciones. Más urgente en este aspecto son las variedades cromáticas del uso del lenguaje jurídico y su relación con la discriminación, el reconocimiento y el desprecio. Aquí se realizarán consideraciones sobre aquello que se puede hacer y de hecho se hace con ciertos usos del lenguaje jurídico. La última parte recorre el aspecto quizás más intrincado del derecho: su relación con otros ordenes normativos o prácticos. Es decir, con conjuntos de normas, pretensiones,principios o consideraciones que indican qué hacer en ciertas circunstancias.Un dato frecuente cuando se piensa el derecho consiste en la pretensión de que se ajuste a ciertos parámetros políticos, morales, éticos o de justicia. Se puede sostener que el derecho debería ser justo o - en una versión más radical- que un sistema de normas que no satisface ciertas pretensiones políticas,éticas o de justicia no merece llamarse derecho en absoluto. Se trata de una disputa clásica sobre la medida en que el derecho es o debería ser justo, bueno,legítimo o correcto. Muchas concepciones - pese a sus diferencias - coinciden en que este racimo de conceptos resulta espinoso cuando no resbaladizo. Entre otras cosas se ha sostenido, por ejemplo, que la justicia refiere a un idea limposible de determinar o en todo caso supone una actividad sin fin de cuestionar y desmontar lo que se da por sentado. Si el concepto es escapista e invita a una actividad perpetua su análisis no puede ser más que tentativo y precario. Consideraciones semejantes se aplican a las morales, la moral y la política. Tal panorama exime de mayores justificaciones sobre los límites que tiene la tarea de mirar estos aspectos de manera frontal. La pretensión al analizar este vértice lleno de fugas, por tanto, es bien limitada. Presentaré algunas distinciones útiles para analizar el derecho intentando poner derelieve un manojo mínimo de discusiones actuales sobre cómo es el sistema jurídico local (me refiero al argentino) y cómo debería ser. El énfasis en la figura del rasgo o aspecto implica una posición metodológica sobre la que aquí se dirá muy poco. Con ella se expresa la idea según la cual el derecho consiste en un fenómeno o conjunto de fenómenos que se pueden observar o a partir de los cuales es posible la reflexión sensible. A su vez indica que se trata de consideraciones desde una perspectiva. Como tal, con sus propios puntos ciegos,abierta al diálogo, la disputa y la intersección. Espero que estas perspectivas puedan ser útiles para otros modos de ver el fenómeno jurídico. He intentado privilegiar en la medida de lo posible el uso de ideas antes que la mención fatigosa de sus orígenes teóricos o bibliográficos.

