INVESTIGADORES
BOUVIER Hernan Galo
capítulos de libros
Título:
Certeza y Justicia
Autor/es:
BOUVIER, HERNÁN; SANCHEZ BRÍGIDO, RODRIGO
Libro:
El encanto del método
Editorial:
Universidad Autónoma de México
Referencias:
Lugar: Ciudad de México; Año: 2022; p. 139 - 150
Resumen:
Según Paolo Comanducci en“Aarnio: la certeza del derecho” las tesis avanzadas por el autor escandinavocon respecto a la certeza en sentido comprensivo (sensu largo) sonproblemáticas. La certeza en sentido comprensivo se refiere a una expectativa(supuestamente compartida en sociedades modernas) no sólo de conocer el derechosino que él tenga un contenido de justicia expectable. No se trata de unaexpectativa de conocer el derecho, sino de que éste tenga algún contenido dejusticia. Estas ideas serían problemáticas, según Comanducci, porque la certezaen este sentido fuerte supone un contenido de justicia más o menos robusto(eventualmente acordado o compartido). En sociedades multiculturales no puedepresuponerse semejante homogeneidad. De manera tal que las ideas de Aarniofallan en el plano explicativo pues no explican el carácter cooperativo y a lavez conflictual de las sociedades modernas (p.18). Falla además en términosnormativos, si es que la tesis se interpreta como algún tipo de invitación aconcebir al derecho de esa manera o a mantener tal expectativa (p.18).Comanducci realiza una serie decríticas a Aarnio. Para nuestros propósitos nos centraremos en las siguientes:Argumentodescriptivo-metodológico1. Los procesos mentalesinterpretativos o bien son inaccesibles o bien son equívocos o bien inútilescomo objeto de estudio para la teoría descriptiva de la interpretación (p.25). Esoexplica por qué sería más productivo centrarse en los resultados (productos) delas interpretaciones y no en el proceso. Eventualmente esto llevaría arelativizar o eliminar el valor de la interpretación en sentido hermenéutico ála Aarnio. Argumento normativo(inaplicabilidad del modelo)2. La idea (normativa) según lacual un sistema democrático, con ciertas condiciones de razonabilidad ydeliberación, daría lugar a una certeza robusta (que combine previsibilidad conprincipios de justicia aceptables) sólo funciona en una sociedad con ciertahomogeneidad política, social y lingüística. El modelo es inaplicable para lassociedades occidentales actuales. Lo máximo que queda es la expectativarazonable a una ley certa, más allá de su contenido.  Problemas.Para hacer funcionar el argumentonormativo Comanducci apela a una serie de descripciones de culturas, formas devida y creencias que PRESUPONEN la relevancia de una teoría del derecho y/oteoría normativa que tenga en cuenta los procesos mentales, creencias, formas yprocesos de razonamiento. Para declarar que ciertas propuestas normativas noson viables (inaplicabilidad del modelo) se debe reconocer la relevancia detoda una gama de aspectos hermenéuticos que son, supuestamente, dejados de ladopor el argumento descriptivo metodológico. Sin embargo, el problema mayor noes éste. Es posible mostrar que un sistema con ciertas condiciones mínimas dedeliberación y publicidad puede garantizar al mismo tiempo la expectativa decerteza en sentido estricto (con independencia del contenido) y cierta certeza sobre el contenido entérminos de justicia. En efecto, basta que un sistemanormativo garantice que cierto conjunto de cuestiones controvertidas (porejemplos, las que involucran etnias, religiones y culturas) o bien no puedendecidirse por mayoría (no se admiten visiones omnicomprensivas que eliminen auno de esos grupos) o bien que sólo se decidirán por una mayoría losuficientemente calificada (como es el caso en constituciones occidentalesmodernas). Bajo este modelo, nadie puede tener la certeza sobre todocontenido (qué contenido tendrá la ley tal o cual) pero sí sobre algunos que nopuede tener o que, en su defecto, teniéndolos, sólo podrán ser aprobadosdespués de un procedimiento complejo. Así puesto, es posible satisfacer lacerteza robusta. No porque todos quedarán conformes con cualquier resultado (elselfish man quizás no). Pero sí habrá certeza o bien de que ciertos contenidosestán excluídos o bien de que -aunque no excluidos- serán discutidos con ungrado de publicidad tal que nadie podrá alegar desconocimiento. Si se entiendeasí la “certeza robusta”, que existan grupos que finalmente no estén de acuerdocon tal o cual contenido no excluye que el contenido tenga algún grado de“justicia” incluso para ellos mismos. Certeza sobre el contenido (osobre la justicia) también puede significar -en definitiva- saber de antemanoque hay un proceso especial para ciertos contenidos. La respuesta o crítica NORMATIVAante esta propuesta no puede ser que nadie puede garantizar el acuerdo totalsobre los contenidos excluídos o sobre el procedimiento para decidir sobreellos. Ninguna propuesta normativa puede hacer lugar a todos los motivos opretensiones. Y en todo caso, si ése es el argumento para tener por implausiblela propuesta normativa, el problema no es entonces el multiculturalismo sino elsimple hecho de que no hay sistema normativo capaz de hacer lugar a todos loscontenidos o pretensiones normativas idiosincráticas (egoístas o no). Por lo demás, eso no es unaobjeción contra un modelo normativo en contextos multiculturales, sino contra cualquiermodelo normativo político en donde exista al menos un individuo que no está deacuerdo.