INVESTIGADORES
VALOBRA Adriana Maria
capítulos de libros
Título:
Debates y prácticas sobre el divorcio vincular
Autor/es:
GIORDANO, VERÓNICA; RAMACCIOTTI, KARINA INÉS; VALOBRA ADRIANA MARÍA
Libro:
Contigo ni pan ni cebolla. Debates y prácticas sobre el divorcio vincular en Argentina, 1932-1968
Editorial:
Biblos
Referencias:
Año: 2015;
Resumen:
Debates y prácticas sobre el divorcio vincularVerónica Giordano, Karina Ramacciotti y Adriana ValobraEn octubre de 1949, Roberto Chanel, un cantante reconocido que había comenzado sus primeros pasos artísticos junto a la orquesta de Osvaldo Pugliese, grababa una milonga con el sello RCA-Víctor. Con voz arrabalera, lo primero que hacía era demarcar su poder: desembozadamente, se empecinaba en que ella tenía que entender que era ?el marido el que? tenía ?la razón?. Así, le daba vida a un marido despechado que dejaba a su mujer, a quien acusaba de pretender no más que un negocio al haberse casado con él.Es hora que terminemos,señora con tanto lío,entienda que es el maridoel que tiene la razón.Usted tomó el casamientocomo asunto de negocio,por eso exijo el divorcioy con mis cosas me voy.Con ritmo picante, el cantante repartía los bienes que ?lejos de evidenciar una holgada condición social? evidenciaban que no ameritaba la acusación de casamiento por interés que antes había espetado a la esposa o, al menos, que el interés de ella no podía haber sido muy pretencioso teniendo en cuenta lo limitado de los objetos que se repartían.A usted le toca el ropero,dos perchas, la palangana,a mí, la mesa, la cama,la pava, el calentador.Y le dejo a su favor,pa? cuando le venga risa,la dentadura postizaque le compré de ocasión.También le dejo la fotola de Tyrone Powell,a quién le ganó ese coso,yo tengo la de Gardel.Lejos de la típica tristeza y melancolía tanguera, para concluir con ese alarde de masculinidad dominante, sin eufemismos, le propinaba un golpe a la mujer antes de irse considerando que era ?a cambio? de su falso amor en el matrimonio.Y a cambio de su quererde sus amores tan falsos,aquí le dejo un tortazoy el recibo del alquiler.La violencia física iba acompañada de humillaciones y acusaciones verbales sobre su falta de higiene y, remataba, invistiéndose asimismo de una sagacidad sobre la que creía que se dudaba:Pa? que se bañe seguidotambién le dejo la tina,el puloil, la lavandina,y la piedra de esmeril.Usted creyó que era un gily le mostré lo contrario,también me llevo la radiopa? que vamo? a discutir.No conforme con ello, el personaje amenazaba a la mujer que, de ?batirle al juez? que vivía ?de embrollo?, le iba a ?encajar? ?otro bollo? que no le iba a permitir volver a casarse. En el reparto de bienestambién haremos justicia,yo me encargo de la guita,y usted de los pagarés.Y atenti batirle al juez,que vivo a fuerza de embrollo,porque te encajo otro bolloque no te casás otra vez.La milonga, llamada ?El divorcio?, conjugaba una serie de condimentos que convocan poderosamente la atención a quienes la escuchamos con esta distancia de tiempo y que contrastan enormemente con otras representaciones como las articuladas en el film Divorcio en Montevideo (1939) que en tono de comedia de enredos buscaba una mirada disipada sobre una problemática social de transgresión del orden social (Laguarda, 2010: p. 283 y 289). La violencia presente desde el primer momento en la composición apenas se disimula en algunos pasajes que pretenden cierta picaresca. Nos coloca, asimismo, frente al drama de una situación que fue más común en el pasado de lo que habitualmente estaríamos dispuestos a reconocer hoy en día. La politóloga Carole Pateman advertiría que en esta milonga se pone en acto ?la concepción contractual del matrimonio? que ?presupone la idea del individuo como propietario?, el esposo ?único considerado como tal-. La propiedad, sin más, diría Pateman, no es otra que el cuerpo femenino. El matrimonio es, así, un contrato sexual ?que constituye el derecho patriarcal de los varones sobre las mujeres? (Pateman, 1995: 247). Así, a través de la voz del marido violento, la voz silenciada de la esposa se esboza como una mueca que reclama atención. Finalmente, la milonga nos provee no sólo a estos personajes del drama. Aparece, también, el juez, como alguien que puede poner fin a la situación, pero la amenaza contra la mujer sobre la denuncia evidencia las limitaciones de recurrir a tal instancia. La pareja en cuestión conformaba lo que en aquellos años se denominaba un ?hogar desquiciado? que difícilmente podía ser base de una familia en los términos modélicos en que ésta se planteaba en aquellos años.Sin embargo, para quienes estudiamos la problemática del divorcio no deja de llamar la atención la afirmación con la que concluye la milonga, en la cual se sostiene que el estado en el que dejará a la mujer será tal que, en esas condiciones, no podrá volver a casarse de nuevo. Y esto es llamativo porque, en esos años, en Argentina, no había divorcio que habilitara un nuevo matrimonio.En este libro analizamos la problemática del divorcio vincular en un contexto histórico específico que tiene su centro en la sanción y aplicación de la ley 14394 cuyo artículo 31 habilitó, bajo ciertas condiciones, el divorcio vincular. Esto fue por breve tiempo, pues la ?Revolución Libertadora? que derrocó a Juan Domingo Perón lo ?suspendió? en 1956 (un eufemismo que apenas disimuló la derogación). Estudiamos este acontecimiento desde la perspectiva de una extensa historia de reclamos. Para ello, proponemos mirar un período más amplio: 1932, fecha de presentación de un proyecto de divorcio que estuvo a muy poco de ser aprobado, y 1968, fecha de reforma parcial del Código Civil, que si bien no legisló sobre divorcio vincular sí amplió los fundamentos a partir de los cuales solicitar la separación personal, que introdujo la posibilidad de la ?presentación conjunta? de las partes.