INVESTIGADORES
ZAMORA Romina Noemi
capítulos de libros
Título:
Oeconomica
Autor/es:
ZAMORA, ROMINA
Libro:
Manual de historia del derecho español
Editorial:
HICOES
Referencias:
Lugar: Madrid; Año: 2020;
Resumen:
Este capítulo intenta presentar una síntesis del desarrollo teórico en torno a la oeconomica como principio antropológico moderno, pero partiendo de sus raíces aristotélicas y escolásticas, para también proponer una forma de comprensión de su evolución hacia algo totalmente diferente a sí misma: la economía política.La etimología de la palabra economía nos remite a la casa: el griego oiko-nomos, la ley o la teoría de la casa. La raíz griega de economía (oiko) era la misma que la del término latino doméstico (domus), por lo que, etimológicamente, económico es sinónimo de doméstico.Lo que durante los siglos antiguos, medievales y modernos se entendía por economía, dista mucho del significado liberal del mismo término, que conocemos hoy. De hecho, esa economica de la antigüedad ha ido convirtiéndose en algo totalmente diferente a sí misma, al punto que el concepto más contemporáneo no reconoce sus raíces en el viejo, sino en la negación de éste. El primer elemento que salta a la vista en el concepto y sus circunstancias pre-contemporáneas, es la diferencia entre crematística y economía; la primera como la producción de la riqueza y la segunda, como la capacidad de mandar. La oeconomica era la autoridad del padre de familia para gobernar a todo el grupo que le estaba subordinado dentro de la casa, lo que excedía largamente a la familia biológica o nuclear, sino que abarcaba todo aquello que constituía la familia extensa.Las primeras relaciones determinadas familiarmente, fruto del matrimonio, son la de padre de familia -con todo su contenido de trascendencia política-, de madre de familia -bastante más rico que el de mujer- y el de hijo de familia -que significaba a la vez minoridad y distinción. En segundo plano, aunque con igual trascendencia jurídica que las figuras anteriores, la casa determinaba la condición de servidumbre doméstica. Hacia el interior de la casa, la relación más notable era la propiamente señorial sobre los sirvientes, lo que era parte de la gestión del patrimonio. En el caso de las criadas, debían obedecer discretamente a la madre de familia, relación que se basaba en el respeto y la sumisión, ejes centrales de la disciplina social. Sobre estos domésticos se intentaban aplicar todos los mecanismos de subordinación y de compulsión, ya que, más allá de su condición de libertad o de esclavitud -sin entrar a discutir de cuánta libertad o de cuántos grados de libertad gozaban-, su mera existencia como criados, servidumbre más o menos estable -en todo su espectro de mozos, cocineras, ayas de leche, lavanderas, etc.-, peones temporales o cualquier otro vínculo de trabajo doméstico, siempre eran con relación a un amo o a un patrón -o ama y patrona-. Como bien lo dice Bartolomé Clavero en el capítulo anterior, el trabajo, más que objeto de contrato, era condición de estado. Ellos eran parte de la casa y la familia, ellos eran conocidos con el apellido de la familia, pero su condición de pertenencia se daba en términos de inferioridad y estaba sujeta a una relación señorial. Eso quiere decir que estaban subordinados a la autoridad del padre, vale decir, su espacio, su religión, su disciplina y su voluntad. Sobre todo, la voluntad del padre era la única considerada como plena, porque la servidumbre, al no poder garantizar su sustento per se, la tenían disminuida. Este estado de doméstico fue una condición suficiente para para limitar la extensión de derechos constitucionales de ciudadanía incluso, como lo hace notar Bartolomé Clavero, hasta el siglo XX .