INECOA   26036
INSTITUTO DE ECORREGIONES ANDINAS
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
LA CONSIDERACIÓN DE LOS BOSQUES DE QUEÑOA (P. TOMENELLA Y P. TARAPACANA) EN EL MARCO DE LA LEY DE BOSQUES EN JUJUY
Autor/es:
ARIEL QUISPE; CUYCKENS GRIEN AN ERICA; JULIAN ROCIO FLORENCIA; PAMELA BENICIO
Reunión:
Jornada; II Jornadas del Altiplano Sur, miradas interdisciplinares; 2018
Institución organizadora:
Facultad de Filosofia y letras
Resumen:
En laprovincia de Jujuy, en las ecorregiones de Puna y Altos Andes se encuentranbosques y bosquecillos de queñoa Polylepistomentella y P. tarapacana. EnArgentina la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de BosquesNativos existe como herramienta de protección de los bosques. La Resolución delCOFEMA Nº 230/2012 establece losumbrales mínimos para incluir a un bosque nativo; 0,5 hectáreas de ocupacióncontinua, 3 m de altura mínima, 20 % de cobertura de copas mínima. Bajo estoscriterios una gran mayoría de bosques y bosquecillos de queñoa no quedaríanincluidos en la presente Ley. En sus intenciones expuestas en la declaración deinterés legislativo provincial para la Conservación y Preservación de laespecie arbórea de QUEÑOA, los legisladores manifiestan la importancia derealizar todos los esfuerzos posibles por regenerar y conservar a las especiesde Queñoas presentes en la provincia de Jujuy. Las autoridades ambientalesseñalan que ?deberían ser considerados ensu mayoría en las categorías de conservación amarillo y rojo?. La inclusiónen la categoría II (amarillo) podría facilitar el aprovechamiento de estosbosques y la inclusión en la categoría I (roja) del plan de ordenamientoterritorial no asegura una administración eficaz y equitativa ni medidas deconservación. Las autoridades también asumen que estos bosques tienen unadistribución muy reducida debido a que ?prefieren microclimas en quebradas?.Sin embargo, otros autores señalan que estos bosquecillos representen relictosde extensos bosques que anteriormente cubrían gran parte de los Andes.Nuevamente esto tiene implicancias de conservación cuando la provincia enadhesión a las Metas de Aichi propone conservar al menos el 17% de losambientes terrestres. Finalmente, la misma Ley prevé el dominio sobre sustierras de las comunidades indígenas. Sin embargo, las comunidades de Abralaitey de Quebraleña no fueron incluidas en la toma de decisión sobre los bosques deP. tomentella que se encuentran ensus territorios. La mayoría de estos bosques no fueron incluidos en laactualización del Plan de Ordenamiento Territorial. Por todo lo expuesto, ponemos en consideración un cambio decriterios para incluir los bosques de P.tomentella y P. tarapacana.  Sugerimos también la inclusión de losbosques omitidos y exigimos una participación real de las comunidadesoriginarias. A su vez ponemos a discusión: ¿Es la mejor estrategia para suprotección, la inclusión y protección por la Ley de bosques?