IGEHCS   24394
INSTITUTO DE GEOGRAFIA, HISTORIA Y CIENCIAS SOCIALES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
Una aproximación al funcionamiento de las Cámaras de apelaciones bonaerenses en un período de reformas procesales: 1915-1921
Autor/es:
SEDEILLAN GISELA
Lugar:
Bariloche
Reunión:
Jornada; Jornadas "Crimen y Sociedad: diez años de estudios sobre Policía. Delito y Justicia en perspectiva histórica"; 2016
Institución organizadora:
Grupo Crimen y Sociedad- Universidad de San Andrés, de la ciudad de Buenos Aires
Resumen:
En 1918, a poco de asumir la gobernación el radical electo José Camilo Crotto, se propuso la reforma del código procesal por considerarlo demasiado indulgente para afianzar la propiedad privada y contener la criminalidad. Justamente, el ejecutivo provincial solicitaba dicha medida después de haber dejado cesante a algunos miembros del poder judicial, cuestionados por falta de independencia política y mal desempeño en sus funciones durante la administración de Marcelino Ugarte (1914-1917). Dicha medida era reclamada por la prensa, que señaló durante aquel mandato, las defectuosas designaciones de jueces sin práctica por priorizarse la camaradería política sobre la competencia y el mérito. Dichos cuestionamientos, sumados a las críticas por las prácticas políticas fraudulentas, habían conducido en 1917 a fundamentar la intervención federal del presidente Hipólito Yrigoyen a la provincia.Atendiendo este nuevo escenario político y de cambios en el personal jurídico, el propósito de la ponencia es centrar la mirada en la Cámara de apelaciones del Departamento judicial del Sud a fin de analizar cómo se administró justicia entre los años 1917 y 1921. Contexto de críticas a la legislación procesal por obstaculizar la penalización de los delitos contra la propiedad y al código penal por imposibilitar individualizar las penas según las características del delincuente. El objetivo es comenzar a indagar acerca de los criterios de la Cámara de apelaciones al momento de calificar el delito y la responsabilidad del imputado con el fin de identificar en qué medida la normativa procesal limitó penar a los delincuentes, si fueron marcadas las desavenencias entre las dos instancias y las posibilidades que otorgó para que las sentencias del inferior sean consideradas en un sentido favorable al imputado.