INSTITUTO "DR. E.RAVIGNANI"   24160
INSTITUTO DE HISTORIA ARGENTINA Y AMERICANA "DR. EMILIO RAVIGNANI"
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
"Regulando el fin de la esclavitud. Diálogos, préstamos e innovaciones jurídicas entre las élites de las nuevas repúblicas latinoamericanas. 1810-1860"
Autor/es:
MAGDALENA CANDIOTI
Lugar:
Berlin
Reunión:
Congreso; XV Conferencia Internacional de AHILA, Simposio: "La formación de espacios jurídicos iberoamericanos (s. XVI-XIX). Actores, artefactos e ideas"; 2014
Institución organizadora:
Freie Universitat Berlin y Asociación de Historiadores Americanistas Europeos
Resumen:
El objetivo de este trabajo es reflexionar sobre el momento de fuerte experimentación e innovación jurídica que se abrió en Hispanoamérica entre 1810 y 1830 poniendo eje en los diálogos entre las naciones en construcción en torno a la regulación de la esclavitud y su fin. El trabajo reconstruye algunos de los instrumentos jurídicos y modelos de abolición que pensaron y discutieron las élites de las nuevas repúblicas latinoamericanas frente al creciente consenso sobre la ilegitimidad de la institución esclavista. Entre ellos se cuentan las leyes de libertad de vientres, de patronato de libertos, la idea de ?suelo libre?, la abolición de la trata, la abolición gradual o inmediata de la esclavitud y las compensaciones a los dueños de esclavos. Se intenta así reflexionar sobre la lógica de los mismos y los préstamos explícitos o implícitos que fueron conformando un nuevo modo de vinculación con la población afrodescendiente y con la regulación del trabajo. Lo que quisiéramos destacar -centrando el análisis en los diálogos entre los casos argentino, chileno y colombiano- son centralmente dos cuestiones. En primer lugar, que la regulación del fin de la esclavitud -lejos de tratarse de un proceso de mera adaptación local o aplicación de innovaciones pensadas y diseñadas en primer lugar en Europa- fue un proceso que se desplegó con creatividad y que incluso pudo adquirir los contornos más radicales en este lado del Atlántico. Es extremadamente frecuente que las historiografías nacionales rastreen los lazos europeos del abolicionismo e interpreten la abolición de la trata negrera en el continente. americano como consecuencia directa de las presiones y la campaña internacional inglesa contra ese comercio (del que había sido protagonistas por dos siglos). Sin negar la centralidad de esa campaña y del abolicionismo europeo, nos interesa aquí subrayar o sumar otras conexiones y diálogos en curso. Incluso el sentido inverso de algunos de estos préstamos. En segundo lugar, queremos marcar que estas políticas y leyes de regulación del fin de la esclavitud tomadas localmente (en Chile en 1823, en México en 1829, en Colombia en 1851 y en Argentina entre 1853 y 1860), tampoco pueden interpretarse como productos exclusivamente locales, ya que ellas no fueron pensadas, diseñadas y aplicadas, sin tener relaciones con los debates contemporáneos e internacionales al respecto ni con una espesa y más antigua tradición jurídica de regulación de la institución esclavista.