INVESTIGADORES
HERRERA Marisa
artículos
Título:
“La fecundación “post mortem” y sus implicancias en el derecho de filiación”
Autor/es:
CARRANZA CASARES, CARLOS A. Y HERRERA, MARISA
Revista:
Revista Interdisciplinaria de Doctrina y Jurisprudencia. Derecho de Familia,
Editorial:
Lexis Nexis
Referencias:
Lugar: Ciudad de Buenos Aires; Año: 2002 p. 23 - 42
Resumen:
Dentro de la compleja y vasta problemática jurídica que plantean los avances científicos en materia de reproducción humana asistida, en este artículo nos circunscribimos al derecho de filiación en los llamados casos de fecundación “post mortem”. Este tipo de fecundación puede ser definida, de manera clara y sencilla, como aquella que se lleva a cabo después de que uno o ambos miembros de la pareja (matrimonial o no) fallecen. Si bien es cierto que, tal como lo veremos a continuación, hay supuestos que se pueden dar con mayor frecuencia que otros, ello no es óbice para que todos se examinen  en el presente trabajo. De allí que el estudio  se estructure sobre la base de  los distintos  supuestos  posibles y el impacto o las consecuencias que se derivan en materia de filiación (tanto de su determinación como  las posibles acciones judiciales que se podrían suscitar). En primer término, y a la luz de la mayoría de los casos presentados en la jurisprudencia extranjera, se aborda la hipótesis del  fallecimiento del hombre (marido y pareja) y se la analiza en profundidad  en las dos posibilidades: si hubo o no  voluntad procreacional antes del deceso. En este último caso ¿la mujer está habilitada a solicitar la extracción de semen del cadáver del marido –o pareja- para ser inseminada? El otro supuesto, de menor frecuencia, dado que la mayoría de los países que legislaron las técnicas de reproducción asistida se oponen a la denominada “maternidad subrogada”, se refiere a los casos en que es la mujer quien fallece. Por último, se indaga el caso de un matrimonio o pareja conviviente que, en miras a una futura fertilización, contaban con  embriones propios congelados y, antes de que se realizara dicha fertilización, fallecen.  Este constituye uno de los supuestos menos frecuentes dentro de los de "fecundación post mortem".             Dada la carencia normativa nacional en el tema, en este artículo se pone énfasis en las soluciones adoptadas en el derecho comparado, como así también se estudian varios proyectos legislativos que, en su momento ya habían perdido estado parlamentario.