INVESTIGADORES
HERRERA Marisa
artículos
Título:
Hasta cuándo relegaremos a la salud reproductiva de la nómina de los derechos fundamentales?"
Autor/es:
FAMÁ, MARÍA VICTORIA, HERRERA, MARISA Y REVSIN, MOIRA
Revista:
Revista La Ley
Editorial:
La Ley
Referencias:
Lugar: Ciudad de Buenos Aires; Año: 2003 p. 237 - 250
Resumen:
Este constituye el primer trabajo con el cual se inicia un largo camino en pos de avanzar en el desarrollo de derecho a la salud sexual y reproductiva de las personas (en especial de las mujeres y, más aún, de aquellas menores de edad).
Se trata de un trabajo realizado a partir de dos de los primeros fallos dictados en torno a la supuesta colisión de derechos fundamentales: el derecho a la salud de los hijos vs la autoridad o patria potestad de los padres.
La Sala Primera de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Isidro en fechas 7 de abril y 7 de mayo de 2002, resuelven dos acciones de amparo interpuestas por grupos de padres con el fin de que se declare inconstitucional la ordenanza n° 14.487, sancionada el 23 de noviembre de 2000 por la Municipalidad de Vicente López, Pcia. de Buenos Aires, por la cual se crea y reglamenta un "Programa Integral de Salud Sexual y Reproductiva
Fundan su pretensión en la violación de la normativa que regula el ejercicio de la patria potestad, que dispone -a su entender- que la educación sexual de los hijos es uno de los derechos-deberes en cabeza de los padres. Afirman que la ordenanza atacada constituye una intromisión del poder público en un área privativa de los padres, siendo la función del Estado frente a la autoridad parental de carácter subsidiaria.
El Tribunal de Familia Colegiado N° 2 de San Isidro, que resolvió el planteo en la instancia anterior, hizo lugar a los amparos, por considerar que "las cuestiones vinculadas a la planificación familiar atañen a los padres de manera indelegable de acuerdo a principios éticos y morales, interpretándose que es obligación de los Estados adoptar medidas apropiadas para la orientación a los padres y la educación para la paternidad responsable". En consecuencia, ordenó a la Municipalidad de Vicente López se abstenga de ejecutar cualquiera de las acciones reguladas en la ordenanza impugnada con relación a los hijos de los actores.
Uno de los fallos en comentario, revocó parcialmente la sentencia apelada e impuso a la Municipalidad de Vicente López la obligación de requerir el consentimiento informado de los padres previo a suministrar métodos anticonceptivos a los niños o adolescentes representados en las actuaciones.
En cambio, el segundo directamente, rechazó la acción intentada, avalando así la constitucionalidad de la legislación municipal.
Este trabajo, comienzo de una serie de estudios que profundizan el tema de los derechos sexuales y reproductivos, se dedica a examinar y re-contextualizar el concepto de patria potestad a la luz de la llamada doctrina de la protección integral, que ha significado un cambio de paradigma en la concepción de la infancia y adolescencia: de ser objetos de tutela (o del derecho) a ser sujetos de derechos, protagonistas de todas las cuestiones que los atañan.

