INVESTIGADORES
HERRERA Marisa
artículos
Título:
"Derecho a la educación de los menores”
Autor/es:
6. MEDINA, GRACIELA, FAMÁ, MARÍA VICTORIA Y HERRERA, MARISA
Revista:
Revista de Derecho Privado y Comunitario
Editorial:
Rubinzal Culzoni
Referencias:
Lugar: Sabta Fe; Año: 2004 p. 471 - 488
Resumen:
Este trabajo doctrinario intenta reflexionar sobre varias cuestiones que han sido motivadas a raíz de un fallo dictado por el Juzgado Penal N° 3 de Eleche, España del 12 de marzo de 2004, por el cual se condenó a los padres de cuatro niños a la pena de arresto de ocho fines de semana como autores del delito de abandono de familia (conf. art. 226, inc. 1°, Código Penal español), por haberse negado a escolarizar a sus hijos durante varios años y sin justificación alguna. Este precedente ha despertado múltiples inquietudes. En primer término, nos ha permitido  recordar la importancia del derecho a la educación de los niños, como uno de los tantos derechos humanos fundamentales que éstos titularizan. Tan es así que el primer subtítulo después de la introducción expresa: “La educación como un derecho humano. Hacia la formación de adultos autónomos y responsables”. En segundo lugar, resucita el antiguo debate en torno al imperio estatal vs la autonomía de los progenitores para decidir respecto de la educación de sus hijos. En este punto, abordamos una de las cuestiones más complejas que presenta el derecho en general (y sobre el cual el derecho de familia no es ajeno): la supuesta dicotomía entre orden público y autonomía de la voluntad. O, en otras palabras cuándo debe intervenir el Estado a través de su Poder Judicial, que evite incurrir en una actuación iatrogénica e “intervencionista”, señalándose en el estudio  las graves consecuencias que se puede derivar de una verdadera “intromisión” en el grupo familiar.  Por último, en el trabajo nos interrogamos acerca del modo y el medio más adecuado para intervenir en el ámbito familiar cuando los derechos de uno o más de sus miembros han sido o son pasibles de ser vulnerados por la acción u omisión de otro u otros. En este contexto, la pregunta clave es ¿el ámbito penal es el más adecuado para intervenir en un conflicto familiar de índole estrictamente social? ¿No es negativo que el sistema judicial irrumpa en la familia desde su “costado” más coactivo?