INCIHUSA   20883
INSTITUTO DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y AMBIENTALES
Unidad Ejecutora - UE
capítulos de libros
Título:
URBANISMO BIOCLIMÁTICO ¿MENDOZA CONSIDERA SUS LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USOS DEL SUELO?
Autor/es:
M. BELÉN SOSA; ERICA N. CORREA; ALICIA CANTÓN
Libro:
UPE 11 Conducir las Transformaciones Urbanas: un debate sobre direcciones, orientaciones, estrategias y políticas que modelan la ciudad futura
Editorial:
Universidad Nacional de la Plata
Referencias:
Lugar: La Plata; Año: 2014; p. 41 - 48
Resumen:
El urbanismo bioclimático busca adecuar los tra­zados urbanos a las condiciones del clima y del territorio, generando un urbanismo característico para cada sitio. Mendoza cuenta son dos leyes que dan directrices para urbanizar sobre el territorio; la Ley de Loteo y Fraccionamiento Nº 4341 y en actual proceso de implementación, la Ley de Or­denamiento Territorial y Usos del Suelo (LOTUS) Nº 8051. La LOTUS busca planificar una provincia don­de los recursos naturales se potencien y optimicen; y caracteriza al suelo prestando especial atención al manejo de los riesgos naturales y antrópicos. El metabolismo urbano, riesgo antrópico, modifica de manera negativa los parámetros del clima, siendo una de las principales alteraciones el incremento de la temperatura del aire, que da origen al fenó­meno denominado isla de calor urbana (ICU). El impacto energético de la ICU en Mendoza equivale a un incremento del 20% de las necesidades de en­friamiento. El presente trabajo genera una revisión y plantea la discusión en cuanto a si los criterios rec­tores seleccionados para reglamentar y normar el desarrollo sustentable de la ciudad son suficientes; ya que algunos de los aspectos mas importantes se omiten o describen con imprecisión para la realidad regional de la provincia.