INCIHUSA   20883
INSTITUTO DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y AMBIENTALES
Unidad Ejecutora - UE
artículos
Título:
El derecho a la diferencia
Autor/es:
SUSANA T. RAMELLA
Revista:
Cuadernos de Historia
Editorial:
Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba
Referencias:
Lugar: Córdoba; Año: 2007 p. 1 - 16
Resumen:
El tema elegido para esta circunstancia es el derecho a la diferencia sobre el cual vengo trabajando hace largo tiempo. Lo consideré pertinente porque la tensión entre el derecho a la igualdad y el derecho a la diferencia hoy conmueve al mundo jurídico. Por ello, requiere un análisis prudente, tranquilo, sin preconceptos, o lugares comunes porque entiendo que es el gran desafío que está emergiendo desde hace unos treinta años o más, o tal vez desde siempre desde Caín y Abel, pero hoy aparece con una gran virulencia. Basta ver la xenofobia en Europa, las guerras entre Occidente y Oriente y los planteos más pacíficos si se quiere de los pueblos indígenas en toda América.             Más allá de los hechos de violencia que esa disyunción presenta, interesa acá y desde la emergencia de un nuevo paradigma jurídico antropológico analizar las variadas categorías en los que se manifiesta esta problemática, utilizando para ello el pensamiento crítico de varios autores provenientes de diversas disciplinas que cuestiona precisamente la epistemología “de la ceguera” como dice de Sousa Santos, construida desde los comienzos de la modernidad, cuestión que imprimió su sello al derecho con sus notas racionalista, iluminista, idealista, abstracta y absoluta. Como ya lo han dicho varios autores y que hoy se ve conmovido con las nuevas perspectivas tanto de la historia del derecho, como de la sociología del derecho y la antropología jurídica, aportando nuevas metodologías de análisis y nuevas teorías, conmueven principios jurídicos, políticos y sociales que se creían inmutables: tal el Estado Nación, el monismo jurídico internacional y estatal, reemplazándolo por estados plurinacionales, pluralismo jurídico: internacional, nacional y local, en fin, que está evidenciando la reafirmación de un viejo principio cual es la diferencia y la pluralidad.                                    En esa complejidad planteada en primer lugar, me referiré al orden epistemológico, porque la filosofía de la ciencia imprime su paradigma al resto de las disciplinas, en tanto señala las teorías, metodologías y términos o conceptos con lo que supone se alcanza el conocimiento de los fenómenos de la naturaleza y sociales.                                    Con esto quiero significar que la ciencia es una sola, el hombre en la imposibilidad de aprehenderla toda la subdivide en disciplinas, como me enseñara Roberto J. Brie. Para mostrar esta transdiciplinariedad, resaltaré las palabras, los conceptos, esos tópicos comunes que reiteran diversas disciplinas, que comparten un universo simbólico, en especial en lo referente a la igualdad y la desigualdad.                                    El otro aspecto es, a través de las nuevas perspectivas renovadoras de la Historia del Derecho, plantear la disyunción entre sistema, orden, mundo regulado, normativizado y la realidad social. De ese modo intentar desentrañar las idealizaciones del derecho, juntamente con las rupturas y continuidades en la emergencia de un nuevo paradigma jurídico antropológico.  Boaventura De Sousa Santos,  Crítica de la razón indolente: contra el desperdicio de la experiencia. Para un nuevo sentido común: la ciencia, el derecho y la política en la transición paradigmática, Descleé de Brouwer, Bilbao, 2003, p.257. Decimos construida siguiendo a Peter L.Berger y Thomas Luckmann,  La construcción social de la realidad, Bs.As., Amorrortu, 1998.