INCIHUSA   20883
INSTITUTO DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y AMBIENTALES
Unidad Ejecutora - UE
artículos
Título:
Las pequeñas relaciones de derecho y la justicia de paz en las colonias agrícolas de Mendoza (1900-1910)
Autor/es:
SANJURJO, INÉS ELENA
Revista:
Passagens. Revista Internacional de Historia política y cultura jurídica
Editorial:
Laboratório Cidade e Poder- Universidade Federal Fluminense
Referencias:
Lugar: Río de Janeiro; Año: 2013 vol. 6 p. 25 - 54
ISSN:
1984 2503
Resumen:
Frente a los procesos de globalización han surgido a fines del siglo XX teorías comunitaristas que critican al liberalismo su tendencia al marcado individualismo. Dentro de ellas, Asladair MacIntyre defiende la capacidad de las pequeñas comunidades de brindar la dimensión adecuada para el desarrollo de prácticas sociales que privilegian el bien comunitario frente a la aplicación férrea del derecho positivo. En esos ámbitos se puede construir, a través de las prácticas, una moral realmente capaz de movilizar a los individuos en torno a un proyecto en común, y surgen especializaciones "mediante el cultivo de las virtudes necesarias para conseguirlo", lo que da pie a "una división moral del trabajo y cada parte de la sociedad tiene que depositar su confianza en las otras". Algunos de estos desarrollos son esclarecedores para el estudio de la justicia de paz en pequeños pueblos, como es el caso de San Rafael (provincia de Mendoza, Argentina) en el paso del siglo XIX al XX. Allí se instalaron varias colonias agrícolas a corta distancia de la villa cabecera del departamento, en tanto que a mayor distancia, al sur y en la zona fronteriza con Chile, había población dispersa; las diferencias entre ambos grupos es tenida en cuenta en el análisis de la interacción con la autoridad policial y judicial. Asimismo, frente a la condición de no letrada o lega de esta justicia -aunque no ajena al proceso codificador de la época- surge, entre otras cuestiones, el interés en ahondar en la especialización o "profesionalización" de ciertos roles cumplidos por "abogados" y auxiliares también legos en torno a ese estrado, y en el reconocimiento social que pudieron tener. El estudio de la institución de la justicia de paz se realiza teniendo en cuenta tanto la legislación vigente en el período (constitución provincial, códigos de procedimientos y de policía, leyes municipales, etc.), como las prácticas a partir de datos brindados por expedientes de los juzgados, para observar, si se cumplió el carácter conciliador y de mediador que la doctrina pretendió darle a la institución. Se ha podido concluir que se caracterizó la adaptación a las diversas situaciones que se apoyaba en el conocimiento empírico que el magistrado tenía de la sociedad local, y por priorizar el bien común y la pacificación en los conflictos vecinales sobre la exactitud procesal, sin dejar de lado su función correctiva cuando se lo consideró necesario (Revista indexada en EBSCO- DOI - DIALNET - LATINDEX Catálogo (en línea) - Portal de periódicos da CAPES - Réseau Européen Droit et Société - REDALYC)