Actividades de Vinculación Tecnológica


Los/as Becarios/as Internos/as Postdoctorales podrán realizar en forma simultánea a su beca actividades de vinculación tecnológica y dedicar a las mismas hasta el 20% del tiempo correspondiente al cumplimiento del plan de trabajo aprobado para la beca.

Las actividades a desarrollar por el/la becario/a, deberán informarse a través de los sistemas que el CONICET determine con anterioridad a su inicio. Asimismo, es requisito contar con la conformidad de sus directores/as de beca.

Los/as becarios/as internos/as Postdoctorales que realicen actividades de vinculación tecnológica podrán percibir un monto adicional de acuerdo al tipo de prestación realizada. Estos montos serán extraídos de los fondos producidos por los proyectos que desarrollen.

Para percibir estos fondos, los/as becarios/as internos/as Postdoctorales deberán inscribirse en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a fin de que se realicen las retenciones correspondientes.

Las Normativas y Procedimientos se encuentran detallados en https://vinculacion.conicet.gov.ar/normativa/

Las consultas pueden realizarse a vinculacion@conicet.gov.ar